Se informa que, a partir del lunes 7 de septiembre, entra en vigencia la Disposición 3025/2020 de la Dirección Nacional de Migraciones, cuyo texto podrá consultarse en este enlace:
Htps://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/234495/20200303
Todas aquellas personas que vayan a ingresar a la Argentina deberán completar una Declaración Jurada Electrónica para el Ingreso al Territorio Nacional, que estará disponible en el sitio www.migraciones.gov.ar. Se informa que se trata de un requisito migratorio de cumplimiento obligatorio para el ingreso a nuestro país, y que será exigible por parte de las compañías de transporte de manera previa al embarque.
La DDJJ debe ser llegada dentro de las 48hs previas al viaje. En los casos de las personas menores de edad o de las personas con capacidades diferentes que no puedan completar los datos por si mismas, serán padre, madre o responsable quienes deberán realizarlo en representación de ellos. Las personas mayores de 70 años de edad pueden completar la DDJJ en forma electrónica, aunque quedan exceptuadas de la obligatoriedad de realizarlo de esa manera y podrán hacerlo alternativamente al momento del ingreso e Ezeiza.